El Sistema de Carrera de los Docentes que prestan su servicio en instituciones educativas
oficiales, es un sistema especial de origen legal, que se encuentra regulado principalmente en el
Decreto Ley 1278 de 2002 y sus decretos reglamentarios, cuya administración y vigilancia está
en cabeza de la Comisión Nacional del Servicio Civil, en virtud de lo dispuesto por el artículo 130
de la Constitución Política y el artículo 4° de la Ley 909 de 2004, posición que ha sido asumida
y reiterada por la Corte Constitucional en Sentencias C-1230 de 20051 y C-175 de 20062
.
Una vez culminado el proceso de audiencias públicas para escogencia de institución educativa,
realizadas por las entidades territoriales certificadas en educación, la Comisión Nacional del
Servicio Civil procedió a conformar las Listas Departamentales y la Lista General Nacional de
Elegibles.
Las Listas Departamentales se conformaron en estricto orden de mérito con todos los elegibles
de los empleos de directivo docente y docente por nivel o área de conocimiento correspondiente,
que hacen parte de las listas territoriales de elegibles de las entidades ubicadas en el respectivo
departamento y que no fueron nombrados en período de prueba en el primer proceso de
audiencias públicas, por haberse ya provisto la totalidad de las vacantes definitivas objeto de la
convocatoria y las reportadas para la realización de las audiencias.
En consideración a lo anterior, la Comisión Nacional del Servicio Civil pone a disposición la
presente Guía de Orientación al Elegible para la Selección de Institución Educativa Oficial en Audiencia Virtual por Aplicativo, Población Mayoritaria, en la cual encontrará, además de las
orientaciones, un ejemplo práctico del procedimiento que deben seguir los elegibles en esta
etapa del proceso de selección.
La audiencia pública es el mecanismo utilizado durante el tiempo de vigencia de la lista de
elegibles, para que los integrantes de la misma, seleccionen la institución educativa oficial, en
estricto orden de mérito, de acuerdo a la oferta pública de empleos de carrera docente, cuando
deba proveerse un número plural de cargos de directivo docente o docente en un mismo nivel o
área de conocimiento.
Ahora bien, la “Audiencia Virtual por Aplicativo”, es la que se desarrolla a partir de una aplicación
tecnológica aprobada por la Comisión Nacional del Servicio Civil y dispuesta por esta o la entidad
delegada, en la cual el elegible manifiesta por este medio el orden de preferencia de las vacantes
ofertadas, de tal forma que la entidad en estricto orden de mérito realice la asignación.
Descargue la Guía de Orientación Audiencias Departamentales Y General Nacional Aquí
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