Resolución 15711 del 24 de septiembre 2015 “Por la cual se
establece el cronograma de actividades para el proceso de evaluación de
carácter diagnóstico formativa de los educadores oficiales regidos por
el Decreto Ley 1278 de 2002, que no han logrado ascenso de grado o
reubicación de nivel salarial y se fijan los criterios para su
aplicación”
Decreto Ley 1278 de 2002. Por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docente.
En consonancia con lo anterior, esta evaluación tendrá un enfoque cualitativo, que centrado en la valoración la labor del educador en el aula o en los diferentes escenarios en los se ponga en evidencia su capacidad de interactuar con los actores de la comunidad educativa, en el marco del Proyecto Educativo Institucional. En dicha valoración, se considerarán las características y condiciones del contexto en el cual se desempeña el educador.
"Lo que se le dé a los niños, darán a la sociedad" . Karl A. Menninger
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Decreto Ley 1278 de 2002. Por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docente.
Decreto 1757 de 2015 ”Por el cual se adiciona el Decreto 1075
de 2015 y se reglamenta parcial y transitoriamente el Decreto Ley 1278
de 2002, en materia de evaluación para ascenso de grado y reubicación de
nivel salarial que se aplicará a los educadores que participaron en
alguna de las evaluaciones de competencias desarrolladas entre los años
2010 y 2014 Y no lograron el ascenso o la reubicación salarial en
cualquiera de los grados del Escalafón Docente”.
¿Que es la evaluación?
Evaluación de carácter diagnóstico formativo. La evaluación de
carácter diagnósticoformativo consiste en un proceso de reflexión e
indagación, orientado a identificar en su conjunto las condiciones, los
aciertos y las necesidades en que se realiza el trabajo de los docentes,
directivos docentes, directivos sindicales, docentes tutores y
orientadores, con el objeto de incidir positivamente en la
transformación de su práctica educativa pedagógica, directiva y/o
sindical; su mejoramiento continuo; sus condiciones y favorecer los
avances en los procesos pedagógicos y educativos en el establecimiento
educativo.
En consonancia con lo anterior, esta evaluación tendrá un enfoque
cualitativo, que centrado en la valoración la labor del educador en el
aula o en los diferentes escenarios en los se ponga en evidencia su
capacidad de interactuar con los actores de la comunidad educativa, en
el marco del Proyecto Educativo Institucional. En dicha valoración, se
considerarán las características y condiciones del contexto en el cual
se desempeña el educador.
¿Requisitos para ser evaluado?
Los Docentes, directivos docentes, docentes tutores, directivos sindicales y docentes orientadores deben cumplir con los siguientes requisitos, teniendo en cuenta el Decreto 1757 de 2015, articulo 2.4.1.4.5.4:-
Estar nombrado en propiedad e inscrito en el nivel A en uno de los grados del Escalafón Docente.
-
Haber participado en una o varias de las evaluaciones de
competencias entre 2010 y 2014, y no haber logrado su ascenso o
reubicación de nivel salarial dentro del Escalafón Docente.
-
Para el caso de ascenso de grado, acreditar debidamente en su hoja de vida el título académico exigido para los grados 2 y 3.
PROCESO DE VALIDACIÓN DE DATOS:
Al presente proceso sólo podrán registrase e inscribirse los
docentes, directivos docentes, docentes tutores, directivos sindicales y
docentes orientadores que estén nombrados en propiedad e inscritos en
el nivel A de uno de los grados del Escalafón Docente, que hayan
participado en una o varias de las evaluaciones de competencias
aplicadas entre los años 2010 y 2014 no lograron el ascenso o la
reubicación de nivel salarial en cualquiera de los grados del escalafón
docente.
Los datos consignados por el educador en el proceso del registro e
inscripción se entienden suministrados bajo la gravedad del juramento y
será de exclusiva responsabilidad de quien diligencia el registro y la
inscripción.
Al finalizar el registro, encontraran un link de descarga del recibo
de pago. Este pago lo podrá realizar en las oficinas del Banco Popular.
Una vez realizado el pago podrá inscribirse en esta plataforma.
¿Qué es la evaluación?
Evaluación de carácter diagnóstico formativo. La evaluación de carácter diagnóstico formativo consiste en un proceso de reflexión e indagación, orientado a identificar en su conjunto las condiciones, los aciertos y las necesidades en que se realiza el trabajo de los docentes, directivos docentes, directivos sindicales, docentes tutores y orientadores, con el objeto de incidir positivamente en la transformación de su práctica educativa pedagógica, directiva y/o sindical; su mejoramiento continuo; sus condiciones y favorecer los avances en los procesos pedagógicos y educativos en el establecimiento educativo.En consonancia con lo anterior, esta evaluación tendrá un enfoque cualitativo, que centrado en la valoración la labor del educador en el aula o en los diferentes escenarios en los se ponga en evidencia su capacidad de interactuar con los actores de la comunidad educativa, en el marco del Proyecto Educativo Institucional. En dicha valoración, se considerarán las características y condiciones del contexto en el cual se desempeña el educador.
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