Entes territoriales deben conceder comisión de servicios a profesores oficiales que corran riesgos.
El Ministerio de Educación Nacional expidió el decreto mediante el cual reglamenta los traslados, por razones de seguridad, de los maestros del sector oficial, en cualquier parte del país.
De acuerdo con el decreto 1782, del 20 de agosto del 2013, estos traslados se darán por la condición de amenazado y de desplazado; además, las decisiones sobre estos movimientos estarán fundamentadas en la "conexidad directa" que haya entre la amenaza y el ejercicio de las actividades o funciones sindicales, públicas, sociales o humanitarias de los profesores oficiales.
A partir de la presentación, por parte del docente que se considere amenazado, de la solicitud de protección especial, la autoridad nominadora (o ente territorial) tiene tres días hábiles para expedir el acto administrativo que reconozca de forma temporal, y por un plazo de tres meses, la condición de amenazado, que deberá ser reportada a la Comisión Nacional del Servicio Civil.
"En consecuencia, le otorgará comisión de servicios para que desempeñe el cargo en otra institución educativa dentro de su jurisdicción", señala la norma.
De igual modo, dentro de los tres días hábiles siguientes al trámite de la solicitud de protección, el gobernador, alcalde o la autoridad respectiva debe remitir a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría copias de esa solicitud, con el propósito de que se pongan en marcha las actuaciones respectivas, acordes con sus competencias.
La Unidad Nacional de Protección será la entidad que evalúe el nivel de riesgo de la amenaza. Si se recomiendan medidas de protección, se debe hacer efectivo el traslado del docente dentro o fuera de la entidad territorial. El maestro tiene la posibilidad de presentar cinco alternativas de municipios para ser trasladado.
También existe la posibilidad de que el profesor pida traslado al municipio o distrito en el cual la Unidad Nacional de Protección haya reubicado a sus familiares.
El fin último es proteger y garantizar los derechos a la vida, libertad, integridad y seguridad de los maestros y sus familias, así como su derecho al trabajo.
Vale aclarar que de constatarse que las razones de solicitud de traslado fueron infundadas, falsas o inexistentes, el maestro podría ser sujeto de investigaciones administrativas, penales o disciplinarias. Y los funcionarios que no hagan efectivo su traslado, a multas e investigaciones.
Se estima, de acuerdo con cifras oficiales, que en estos momentos hay cerca de 600 maestros amenazados en todo el país.
REDACCIÓN VIDA DE HOY / EDUCACIÓN
Jairo Sánchez
Somos Red