- Se llevó a cabo este miércoles 3 de abril la segunda sesión de la Comisión Tripartita que se realiza de manera conjunta entre el Ministerio de Educación, la Federación Colombiana de Educadores (Fecode) y el Congreso de la República, para la construcción de un Proyecto de Ley de Estatuto Único Docente.
- Durante la sesión, la Comisión acogió la propuesta de Fecode de incluir dentro del Proyecto de Ley, solo como una posibilidad sujeta a ser validada por estas comunidades, a los etnoeducadores pertenecientes a las poblaciones indígena, afrocolombiana, palenquera, raizal y Rom.
- Para tomar la decisión final de que estas poblaciones sean o no incluidas dentro del Proyecto de Ley, de conformidad con la Constitución, debe realizarse una consulta con dichas poblaciones y la Comisión Tripartita solo podrá avanzar luego de realizada la misma.
Bogotá, 5 de abril de 2013. Min Educación. La construcción conjunta para establecer el Proyecto de Ley de Estatuto Único Docente continúa su desarrollo en Bogotá. Este miércoles 3 de abril se llevó a cabo la segunda sesión de la Comisión Tripartita cuya finalidad está orientada al mejoramiento de la calidad de la educación, a través de la concertación de un estatuto único basado en los principios de profesionalización dignificación y mérito.
La sesión fue presidida por la viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media, Roxana Segovia, y contó la presencia de los delegados del Senado de la República, la Cámara de Representantes, la Federación Colombiana de Educadores (Fecode) y del Ministerio de Educación Nacional, entes que conforman la Comisión Tripartita.
Durante esta sesión, Fecode entregó su propuesta para el Proyecto de Ley de Estatuto Único Docente, dentro de la cual plantea incluir a los etnoeducadores pertenecientes a las poblaciones indígena, afrocolombiana negra, palenquera, raizal y las comunidades Rom, como una forma de generar equidad para todos los docentes. Esta propuesta fue acogida con beneplácito por todos los miembros de la Comisión; sin embargo, tal como el Ministerio aclaró a los comisionados -y conforme a las disposiciones constitucionales y jurisprudenciales-, debe ser validada con dichas comunidades para que, si ellas aceptan ser incluidas, participen en la construcción del Estatuto de conformidad con la Constitución y el Convenio 169 de la OIT ratificado por Colombia. En este sentido, el trabajo que realiza la Comisión Tripartita no podrá avanzar sin realizarse primero la consulta correspondiente.
La acogida de la Comisión a la propuesta de Fecode queda sujeta entonces a la consulta previa con estas comunidades. El acuerdo se celebró en estos términos para honrar por un lado el compromiso de sacar adelante un Estatuto Único Docente y al tiempo, cumplir los procesos y acuerdos que el Ministerio de Educación viene adelantando y ha adquirido con estas poblaciones, de manera tal que se garanticen los derechos y procedimientos constitucionales y se respete la voluntad que manifiesten estas comunidades, de ser o no incluidos en este proyecto de ley de estatuto único docente. Por ello, se definió que para la siguiente sesión de la Comisión se invitará al Ministerio del Interior para que todos los integrantes de la Comisión sean orientados e informados sobre los procesos de consulta previa como derecho fundamental de las poblaciones indígenas, afrocolombianas y Rom.
La construcción de este Proyecto de Ley de Estatuto Único Docente está orientada a la profesionalización docente y la dignificación de la actividad del educador, partiendo de los principios constitucionales de dignificación, profesionalización y mérito de la carrera docente, como aspectos fundamentales para el ingreso, el ascenso y la permanencia del educador.
Las sesiones de la Comisión se realizarán cada 15 días durante un período de seis meses y tienen lugar de acuerdo a criterios como la generación de un espacio compartido de confianza y entendimiento entre el Gobierno Nacional, el Congreso de la República y el Magisterio; la construcción de una visión colectiva encaminada al mejoramiento de la calidad educativa; y la participación de diversos actores del sector educativo en la definición de elementos, criterios y mecanismos claros, transparentes y consensuados que consoliden la carrera docente como instrumento idóneo para todas las etapas de la vida profesional del educador.
FIN/JMCL/OAC
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