Hoy se dieron a
conocer los resultados de las mesas de negociación llevadas a cabo entre el
Ministerio de Educación Nacional, Fecode y Fiduprevisora. Se trata del
borrador de los prepliegos de licitación para contratación de servicios de
salud del magisterio, que se encuentran publicados para comentarios.
Fiduprevisora S.A.
como vocera y administradora del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del
Magisterio – FOMAG presenta este documento para ser sujeto de discusión por
parte de los usuarios del servicio de salud del Fondo y comunidad en general.
El Objetivo es
dar a conocer a los usuarios y demás interesados en la prestación de los
servicios de salud del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio –
FOMAG, el documento que contiene las condiciones generales para llevar a cabo
el proceso de selección de contratistas. Por consiguiente: A partir de la
publicación de este documento y hasta quince (15) días corrientes siguientes,
los interesados podrán realizar comentarios y sugerencias a las condiciones
generales establecidas para la selección de los contratistas, las cuales pueden
ser remitidas a las direcciones de correo electrónico
contratacionfp@fiduprevisora.com.co y salud.fomag2016@mineducacion.gov.co
Cumplido este plazo, Fiduprevisora S.A. como vocera y administradora del Fondo
Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio – FOMAG, analizará la
pertinencia de acogerlos e incluirlos en el proyecto de pliego de condiciones
para la selección de los contratistas, el cual será puesto en conocimiento de
acuerdo con los lineamientos establecidos en el Manual de Contratación del
FOMAG y en los medios allí previstos. Se advierte al público en general que el
presente documento será objeto de ajustes, y el mismo no obliga a Fiduciaria La
Previsora S.A. en su calidad de vocera y administradora del Fondo Nacional de
Prestaciones Sociales del Magisterio, a mantener su contenido
-GRUPO
FAMILIAR
Es el
constituido por el afiliado y:
A. El conyugue o
compañera (o) permanente siempre y cuando no esté afiliado a
otro régimende excepción en su calidad de beneficiario o cotizante.
B. El conyugue
o compañera (o) permanente siempre y cuando no esté afiliado ala. Sistema
General de Seguridad Social en Salud en su calidad de cotizanteb. Hijos menores de 18 años
C. Los hijos de los
afiliados entre 18 y 25 años que dependan
económicamente del afiliado y quecursen estudios formales y de
educación para el trabajo y desarrollo humano con baseen lo establecido en el Decreto
2888 de 2007, previa presentación de recibo y pago de matrículadel
periodo que se curse.
D. Los hijos del afiliado, sin límite de edad, cuando tengan una incapacidad permanente ydependan
económicamente del afiliado.
E. Los hijos del
cónyuge o compañera o compañero permanente del afiliado que se encuentren
enlas situaciones definidas en los numerales C, D y E;
F. Los nietos
del docente hasta los primeros 30 días de nacido, cuando la hija del
docente sea beneficiaria del afiliado.
G. Padres de cotizantes
que dependan económicamente de éste, que no les asista la obligación
de estar afiliados a otro régimen de excepción o al Sistema General de
Seguridad Social en Salud, y que ellos no tengan como beneficiarios a hijos,
cónyuge o compañero(a) permanente.-
PADRES
COTIZANTES
Son los padres de
un docente que desea incluir al Régimen de Excepción a través de un pago de una
UPCM adicional, teniendo en cuenta que el docente tiene afiliado a su cónyuge o
compañero (a) permanente y/o a los hijos de acuerdo con lo establecido en estos
pliegos. Para acceder a estos serviciosel docente debe surtir el procedimiento establecido para la vinculación de padres cotizantesdependientes
y realizar los aportes mensuales al FNPSM, según lo establecido por el CDFNPSM.}
-LIMITES
DE EDAD
a. 25 años hasta
el día que cumple 26-
INCAPACIDAD
PERMANENTE DE LOS HIJOS
Es la incapacidad de los hijos mayores de 18 años, certificada conforme a las normas vigentes
sobre la materia.
-LA
FIDUCIARIA
Es la sociedad FIDUPREVISORA S.A.,
administradora de los recursos y vocera del FNPSM en virtud del contrato de
Fiducia Mercantil contenido en la escritura pública No. 0083 del 21 de junio de
1990 de la Notaría 44 de círculo Bogotá, prorrogado sucesivamente y a la fecha
vigente, celebrada con la NACIÓN -MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.
Borrador Prepliegos Condiciones Contratacion Proveedores Salud Magisterio 2016-2020 by Red Estudiantil De Antioquia
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