La normativa contempla un concurso especial de méritos que será convocado por la Comisión del Servicio Civil.
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Un decreto con fuerza de ley que prevé normas sobre la organización y la prestación del servicio educativo estatal en zonas afectadas por el conflicto armado fue firmado por el Presidente Juan Manuel Santos.
En efecto, al amparo de las facultades especiales otorgadas por el Congreso el Jefe del Estado expidió el Decreto Ley No. 882 cuyo objeto es facilitar e implementar el Acuerdo de Paz.
La normativa que también fue suscrita por la ministra de Educación, Yaneth Giha, contempla un concurso especial de méritos para la provisión de educadores en zonas afectadas por el conflicto y dicho concurso será convocado por la Comisión del Servicio Civil.
La reglamentación de ese concurso la elaborará el Gobierno nacional en los dos meses siguientes a la promulgación del este decreto ley.
Así mismo, el Ministerio de Educación Nacional determinará las zonas en las cuales se desarrollará el concurso de méritos de carácter especial con fundamento en la priorización de municipios que haga el Gobierno nacional para implementar Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial.
“Para la definición de las zonas, el Ministerio de Educación Nacional deberá limitarse exclusivamente a aquellos municipios en los que existan dificultades para la provisión de planta en razón a la falta de oferta de docentes profesionales”, precisa la norma.
También se refiere el mencionado decreto ley a la organización de las plantas de cargos para zonas afectadas por el conflicto y precisa que tal planta de cargos se destinará exclusivamente a la prestación del servicio educativo “en instituciones educativas ubicadas en las zonas afectadas por el conflicto armado”.
Como requisitos especiales para participar en el concurso la norma dice que se debe acreditar algunos de los siguientes títulos académicos: bachiller, cualquiera que sea su modalidad de formación; técnico profesional o laboral en educación; tecnólogo en educación; normalista superior; y licenciado en educación u otro título del nivel profesional universitario expedido por una institución de educación superior del país.
Por último, en el proceso de concurso docente la autoridad competente valorará “la experiencia comunitaria y el arraigo territorial del candidato en proceso de evaluación”.
Decreto Ley No. 882 by Asprilla César on Scribd
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