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Reglamentan Decreto Ley 882 - Concurso de méritos especial docente en zonas afectadas por el conflicto

El Ministerio de Educación Nacional (@MinEducacion) expedió el Decreto Número 1578 el pasado 28 de septiembre,  "Por el cual se reglamenta el Decreto Ley 882 de 2017 y se adiciona el Decreto 1075 de 2015, Único Reglamentario del Sector Educación, en relación con el concurso de méritos para el ingreso al sistema especial de carrera docente en zonas afectadas por el conflicto, priorizadas y reglamentadas por el Ministerio de Educación Nacional".

 En el decreto reglamentario  se habla de:

Divulgación de la convocatoria. La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) divulgará la convocatoria a través de su página Web, la cual constituye en el medio oficial de divulgación de todas las actuaciones de la convocatoria, sin perjuicio de que pueda usar otros medios que garanticen su amplia difusión. 

Modificación de la convocatoria. Antes de iniciarse las inscripciones, la convocatoria podrá ser modificada o complementada en cualquier aspecto por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), lo cual deberá ser oficialmente divulgado por la entidad contratada para adelantar el proceso de selección.  

Iniciadas las inscripciones, la convocatoria solo podrá modificarse en cuanto al sitio, hora y fecha de recepción de inscripciones y aplicación de las pruebas. Las fechas y horas no podrán anticiparse a las previstas inicialmente en la convocatoria. 
Requisitos para participar en el concurso. Podrán inscribirse en el concurso para la provisión de empleos docentes y directivos docentes los ciudadanos colombianos que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:  



Inscripción en el concurso. La inscripción de los aspirantes se hará dentro del término previsto en la convocatoria, de acuerdo con la forma, los procedimientos y requisitos señalados en la misma. El término para realizar la inscripción no podrá ser inferior a quince (15) días calendario. 

Pruebas escritas a aplicar. Las pruebas escritas se aplicarán de manera diferencial para los cargos de directivos docentes y docentes.  

Directivos Docentes. 

Prueba de conocimientos específicos y pedagógicos. La prueba de conocimientos especlficos y pedagógicos es la única prueba del concurso que tiene un carácter eliminatorio, y su calificación mínima aprobatoria es de setenta puntos de cien (70/100) para los directivos docentes. La ponderación de esta prueba dentro del concurso de méritos será del 45%. 

Esta prueba, que tiene por objeto valorar los niveles de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que demuestren los aspirantes, estará orientada a la aplicación de los saberes adquiridos para ejercer debidamente el cargo de directivo docente y tendrá los siguientes componentes:  

Lectura critica: evalúa la capacidad para comprender textos, así como para emplear de forma adecuada las reglas del lenguaje escrito con el fin de comunicar ideas. El peso porcentual de este componente dentro de la prueba de conocimientos específicos y pedagógicos es del 30%. 

Gestión Directiva, Administrativa y financiera: Tiene por objeto evaluar' las competencias funcionales del educador para establecer los lineamientos que orientan las acciones del establecimiento educativo; favorecer la participación y toma de decisiones en el establecimiento; generar un ambiente sano y agradable para los estudiantes; coordinar y aunar esfuerzos entre el establecimiento y el sector productivo; y asegurar la adecuada gestión de los recursos del Establecimiento Educativo. El peso porcentual de este componente dentro de la prueba de conocimientos especi'flcos y pedagógicos es del 40%.  

Gestión académica: Tiene por objeto evaluar las competencias funcionales del educador para liderar, gerenciar y orientar los procesos pedagógicos que se dan al interior del establecimiento educativo. El peso porcentual dentro de la prueba de conocimientos específicos y pedagógicos es del 30%. 

Prueba psicotécnica. Esta prueba, que tiene carácter clasificatorio, valorará las actitudes, habilidades, motivaciones e intereses profesionales de los aspirantes en la realización directa de los procesos pedagógicos o de gestión institucional, así como en relación con las funciones del cargo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4 y 6 del Decreto Ley 1278 de 2002. La ponderación de esta prueba dentro del concurso de méritos será del 15%.  

Docentes. 

Prueba de conocimientos especificos y pedagógicos. La prueba de conocimientos específicos y pedagógicos es la única prueba del concurso que tiene un carácter eliminatorio, y su calificación mínima aprobatoria es de sesenta puntos de cien (60/100) para los docentes. La ponderación de esta prueba dentro del concurso de méritos será del 50%. 

Esta prueba, que tiene por objeto valorarlos niveles de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que demuestren los aspirantes, estará orientada a la aplicación de los saberes adqUiridos para ejercer debidamente el cargo de docente y tendrá los siguientes componentes:  

Lectura crítica: evalúa la capacidad para comprender textos, así como para emplear de forma adecuada las reglas del lenguaje escrito con el fin de comunicar ideas. El peso porcentual de este componente dentro de la prueba de conocimientos específicos y pedagógicos es del 30%. 

Conocimientos específicos: evalúa las competencias relacionadas con el área de conocimientos específicos según el cargo docente. El peso porcentual de este componente dentro de la prueba de conocimientos específicos y pedagógicos es del 40%.  

Conocimientos pedagógicos: evalúa la capacidad del educador de establecer relaciones formativas, comprensivas y efectivas con los saberes que enseña y aprende, con las acciones desarrolladas en su práctica educativa y consigo mismo en su calidad de educador. El peso porcentual de este componente dentro de la prueba de conocimientos específicos y pedagógicos será del 30%. 

Prueba psicotécnica. Esta prueba, que tiene carácter clasificatorio, valorará las actitudes, habilidades, motivaciones e intereses profesionales de los aspirantes en la realización directa de los procesos pedagógicos o de gestión institucional, así como en relación con las funciones del cargo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4 y 5 del Decreto Ley 1278 de 2002. La ponderación de esta prueba dentro del concurso de méritos será del 10%.  

Inscripción en el escalafón docente. Quien supere el concurso de méritos de carácter especial de que trata el presente capítulo y, posteriormente, la evaluación del período de prueba, tendrá derecho a inscribirse en el Escalafón Docente de que trata el Decreto Ley 1278 de 2002, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la citada normativa para cada uno de los grados. 

Los educadores que superen el concurso de méritos de carácter especial de que trata el presente capítulo, que superen el periodo de prueba, y no acrediten la formación académica necesaria y la experiencia para inscribirse en el Escalafón Docente, tendrán un plazo no mayor de tres (3) años contados a partir de la posesión en periodo de prueba para acreditar dicho requisito en los términos que establecen los artículos 10 Y21 del Decreto Ley 1278 de 2002, según corresponda. 

Transcurrido dicho plazo sin que el educador haya acreditado los requisitos establecidos en la normativa vigente para lograr su inscripción en el escalafón, la entidad territorial certificada expedirá el acto administrativo negando la inscripción. Frente a este acto procede el recurso de reposición ante la entidad certificada y en subsidio el de apelación ante la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), en los términos de ley.  



 Decreto 1578 del 28 de septiembre de 2017Clic aquí para descargar el Decreto 1578 del 28 de septiembre de 2017

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Concurso docente para zonas afectadas por el conflicto armado - El Pilón

Foto: El Pilón


Ministerio de Educación abre concurso docente para zonas afectadas por el conflicto armado


¿Qué es este concurso?
El ministerio de educación nacional en uso de sus facultades   constitucionales y legales expidió el decreto ley  882 del 26 de Mayo de 2017, mediante el cual se ordena la citación a concurso docente en zonas afectadas por el conflicto armado en Colombia.
¿Cuál es la legalidad del Decreto Ley?
El 24 de noviembre de 2016 el Gobierno nacional suscribió con el grupo armado FARC-EP el acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.

En virtud de este poder  el ministerio de educación expide este decreto amparado en  el artículo 2 del Acto Legislativo 01 de 2016, «Por medio del cual se establecen instrumentos jurídicos para facilitar y asegurar la implementación y desarrollo normativo del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera»,

En el punto uno del Acuerdo Final entre las partes, se prevé, entre otros temas , el pacto sobre «Reforma Rural Integral», mediante el cual se busca contribuir a la transformación estructural del campo, cerrando las brechas entre el campo y la ciudad, y creando condiciones de bienestar y buen vivir para la población rural.

Mediante este concurso, se pretende dar cumplimiento a dos de los criterios definidos en el punto 1.3.2.2 para la formulación y desarrollo del Plan Nacional de Educación Rural:

(i) garantizar la disponibilidad y permanencia de personal docente calificado en el sector rural y
(ii) promover en estas zonas la capacitación universitaria en el área de la educación, a través de la exigencia de que el personal incorporado deba acreditar los requisitos establecidos en el Decreto Ley 1278 de 2002.


¿Dónde estarán los cargos ofertados?
Este concurso tiene destinación exclusiva para  los municipios priorizados para la ejecución de los Planes de Ordenamiento Territorial (PDTS).  Siempre que se verifique la necesidad de docentes o directivos docentes.  Puede consultar los municipios que hacen parte de esta prioridad  en el siguiente enlace:

Lista de Municipios
En los próximos días la CNSC publicará  los acuerdos que rigen la convocatoria donde se discriminará con detalle los municipios, cargos y número de vacantes.

¿Quienes superen quedarán inscritos en el escalafón Docente?
Se prevé que quien supere el concurso de méritos de carácter especial y posteriormente la evaluación del período de prueba tendrá derecho a inscribirse en el Escalafón Docente, siempre y cuando cumpla con los requisitos de experiencia y formación requeridos para ello.

¿Por qué se denomina “Concurso Especial”?
Por que se  llevará a cabo por una sola vez, y con algunas excepciones de requisitos,  para proveer las vacancias definitivas pertenecientes a la planta de cargos docentes en las zonas definidas por el Ministerio de Educación Nacional.

¿Qué tienen que ver  el Proceso de Paz con este concurso?
La dificultad para proveer vacantes docentes ha estado históricamente vinculada con· el conflicto armado, pues la violencia ha impedido que los docentes que son nombrados en estas zonas quieran permanecer en ellas. Además, en estos lugares, los actores armados han impuesto reglas informales, relacionadas con quienes pueden ejercer la actividad docente.  Todo esto ha repercutido negativamente en el crecimiento de la planta docente en estas zonas y ha generado que la brecha entre el campo y la ciudad, respecto de la regularidad en las clases y la permanencia y disponibilidad de personal docente calificado, sea cada vez mayor.

¿Quién lo convoca  y administra?
El concurso será convocado  y administrado por la Comisión Nacional del Servicio Civil.

¿Se puede postular a otros municipios diferentes a los que están previstos?
La provisión de vacantes mediante este concurso solo podrá hacerse en los municipios en los que exista· falta de oferta de docentes profesionales, que estén priorizados para la ejecución de los PDET.

¿Requisitos para concursar como docente?
Bachiller, cualquiera sea su modalidad de formación.
Técnico profesional o Técnico laboral en educación.
Tecnólogo en educación.
Normalista Superior, expedido por una de las escuelas normales superiores reestructuradas, expresamente autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional.
Licenciado en educación u otro título del nivel profesional universitario expedido por una institución de educación superior, de conformidad con la afinidad de ·los títulos para el ejercicio de la docencia que establezca el Ministerio de Educación Nacional.


¿Requisitos para concursar Directivo Docente?
Para el cargo de director rural o coordinador, se deberá acreditar como mínimo el título de normalista superior y experiencia mínima en el ejercicio de la función docente de tres (3) años. Para el cargo de rector se deberá acreditar título de licenciado en educación u otro título del nivel profesional universitario una experiencia mínima de cuatro (4) años en el ejercicio de la función docente de conformidad con la afinidad de los títulos para el ejercicio de la docencia que establezca el Ministerio de Educación Nacional.

¿Por qué pueden aplicar bachilleres?
Al respecto, es preciso tener en cuenta que,· dadas las condiciones sociales, políticas, económicas y geográficas de las zonas en las cuales se aplicará esta medida, resulta necesario establecer la posibilidad de que bachilleres, cualquiera sea su modalidad de formación, puedan acceder al concurso . Esta excepción, respecto de los requisitos de formación, ya se aplica en la actualidad en territorios donde no existe suficiente oferta docente, precisamente por las condiciones anotadas anteriormente.

¿Cómo se garantiza la idoneidad?
Al respecto, corresponde tener en cuenta que el cumplimiento del requisito de que trata el artículo 68 de la Constitución, a cuyo tenor «La enseñanza estará a·cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica», se garantiza con la exigencia en las pruebas y con la obtención de los mejores resultados en el concurso, y no con las condiciones de. partida, como lo son ·1os títulos· académicos para participar en el mismo.

¿En los próximos concursos docentes también pueden aplicar bachilleres y técnicos?
No.  sólo es una medida temporal y extraordinaria para los municipios con déficit en la planta docente, priorizados.
¿Por qué se está convocando si aun no finaliza el proceso anterior?
Los concursos de méritos desarrollados por la Comisión Nacional del Servicio Civil en el período comprendido entre los años 2009 y 2015, con base en la normativa vigente para todo el territorial nacional, solo han permitido vincular a un total de 2.436 docentes en las zonas históricamente afectadas por el conflicto armado. Esto significa que -de acuerdo con información del Ministerio de Educación-la planta docente en propiedad que se rige por el Decreto Ley 1278 de 2002 ha tenido un incremento promedio del 10% en dichas zonas, cifra que es inferior al crecimiento de esta planta tanto a nivel nacional como en otras zonas rurales, en las cuales, para el mismo periodo, la planta docente tuvo un  crecimiento acumulado promedio del 65%.

Lo anterior evidencia una disminución real del número de docentes de carrera que prestan el servicio educativo en las zonas afectadas por el conflicto, lo que ha conllevado a que el servicio esté a cargo de docentes que no son de carrera, y que aunque cuentan con la experiencia requerida, no acreditan la formación académica exigida.

¿Cuántos empleos se están convocando?
Se calcula que aproximadamente se viabilizarán 1.840 empleos docentes. Este número será confirmado por la CNSC en los acuerdos de convocatoria.
¿Cuáles son las Etapas?
Este concurso especial de méritos tendrá las siguientes etapas:
1. Convocatoria. En ella se establecerán las fases del concurso, los requisitos generales, los empleos convocados, los medios de divulgación y el cronograma del concurso.
2. Inscripciones.
3. Aplicación de la prueba de conocimientos específicos y pedagógicos, la cual tiene carácter eliminatorio, y de la prueba psicotécnica.
4. Publicación de resultados de las pruebas y reclamaciones.
5. Recepción de documentos, verificación de requisitos, publicación y reclamaciones.
6. Aplicación de la prueba de valoración de antecedentes, publicación y reclamaciones.
7. Publicación de resultados consolidados y aclaraciones.
8. Elaboración del listado de elegibles.
9. Nombramiento en periodo de prueba y evaluación del mismo.
¿Cuando se produce el nombramiento en propiedad?
Quien supere el concurso de méritos de carácter especial será vinculado al servicio educativo estatal, y solo una vez sea aprobada la evaluación del período de prueba, tendrá derecho a inscribirse en el Escalafón Docente de que trata el Decreto Ley 1278 de 2002.
¿Los docentes que se vinculen Se puede trasladar a otra zona?
Los educadores de que trata el presente Decreto Ley solo podrán ocupar cargos del sistema especial de carrera docente en otros lugares del país, previa aprobación de un nuevo· concurso convocado por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
¿Si está participando en el proceso de concurso 2016, puede participar de este?
claro que sí, si supera ambos procesos deberá decidir en su momento a cual empleo quiere ser nombrado.

Fuente: El Pilón 

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DECRETO LEY NUMERO 8 8 2 - Concurso especial de méritos para la provisión de educadores en zonas afectadas por el conflictco

Este concurso especial de méritos tendrá las siguientes etapas:

1. Convocatoria. En ella se establecerán las fases del concurso, los requisitos generales, los empleos convocados, los medios de divulgación y el cronograma del concurso.

2. Inscripciones.

3. Aplicación de la prueba de conocimientos específicos y pedagógicos, la cual tiene carácter eliminatorio, y de la prueba psicotécnica.

4. Publicación de resultados de las pruebas y reclamaciones.

5. Recepción de documentos, verificación de requisitos, publicación y reclamaciones.

6. Aplicación de la prueba de valoración de antecedentes, publicación y reclamaciones.

7. Publicación de resultados consolidados y aclaraciones.

8. Elaboración del listado de elegibles.

9. Nombramiento en periodo de prueba y evaluación del mismo.

Parágrafo 1. El Ministerio de Educación Nacional definirá las zonas en las cuales se adelantará el concurso de méritos de carácter especial de que trata el presente artículo, con base en la priorización de municipios que realice el Gobierno nacional para implementar los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET). Para la definición de las zonas, el Ministerio de Educación· deberá limitarse exclusivamente a aquellos municipios en los que existan dificultades para la provisión de planta en razón a la falta de oferta de docentes profesionales.

Parágrafo 2. El Gobierno n~cional establecerá los requisitos especiales que se tendrán en cuenta en el desarrollo de las etapas, relacionados con la acreditación de la experiencia docente adquirida en las regiones de conflicto armado, el domicilio de los aspirantes y la declaración de víctima otorgada por la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas.

Parágrafo 3. El presente concurso de carácter especial solo podrá convocarse por una única vez, en las zonas defil1idas en el parágrafo 1 del presente artículo.

Artículo 2. Organización de las plantas de cargos para zonas afectadas por el conflicto. Dentro de la planta de cargos docentes y directivos docentes de las entidades territoriales certificadas, previa viabilidad técnica y financiera del Ministerio de Educación y análisis del comportamiento histórico de la matrícula, se definirá una planta de cargos destinada exclusivamente a la prestación del servicio educativo en instituciones educativas ubicadas en las zonas afectadas por el conflicto armado que se definan de conformidad con el parágrafo 1 del artículo anterior.

La definición de la planta de cargos tendrá como base la distribución eficiente de las plantas de cargos docentes y directivos docentes existentes en la respectiva entidad territorial certificada, y su ampliación estará sujeta a ia sustitución de la matrícula contratada, siempre y cuando no supere los costos de dicha contratación.

Artículo 3. Requisitos especiales. Para participar en el' concurso especial de que trata el presente Decreto Ley, se requiere acreditar alguno de los siguientes títulos académicos:

1. Bachiller, cualquiera sea. su modalidad de formación.

2. Técnico profesional o laboral en educación.

3. Tecnólogo en educación.

4. Normalista Superior, expedido por una de las escuelas normales superiores reestructuradas, expresamente autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional.

5. Licenciado en educación u otro título del nivel profesional universitario expedido por una institución de educación superior, de conformidad con la afinidad de ·los títulos para el ejercicio de la docencia que establezca el Ministerio de Educación Nacional.

Para el cargo de director rural o coordinador, se deberá acreditar como mínimo el título de normalista superior y experiencia mínima en el ejercicio de la función docente de tres (3) años. Para el cargo de rector se deberá acreditar título de licenciado en educación u otro título del nivel profesional universitario una experiencia mínima de cuatro (4) años en el ejercicio de la función docente de conformidad con la afinidad de los títulos para el ejercicio de la docencia que establezca el Ministerio de Educación Nacional.

En el proceso de concurso docente la autoridad competente valorará la experiencia
comunitaria y el arraigo territorial del candid~to en el proceso de evaluación.

Artículo 4. Inscripción a la carrera docente. Quien supere el concurso de méritos de carácter especial será vinculado al servicio educativo estatal, y solo una vez sea aprobada la evaluación del período de prueba, tendrá derecho a inscribirse en el Escalafón Docente de que trata el Decreto Ley 1278 de 2002, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la citada normativa para cada uno de los grados.

Cumplidos los requisitos, el nominador ordenará la inscripción en el Escalafón Docente . que garantice el ingreso a la carrera docente y el goce de sus derechos, pa-ra lo cual dispondrá la inscripción en el registro público de carrera docente de conformidad con las instrucciones que sobre este punto establezca la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Parágrafo. La inscripción en el Escalafón Docente se debe realizar en un plazo no mayor de tres (3) años contados a partir de la posesión en periodo de prueba. Transcurrido dicho plazo sin que el educador haya acreditado los requisitos establecidos en la normativa vigente para lograr su inscripción en el escalafón, la entidad territorial certificada expedirá el acto administrativo negando la inscripción. Frente a este acto proceden los recursos de ley.

Una vez en firme este acto administrativo, la autoridad nominadora desvinculará al educador del servicio educativo por no acreditar los requisitos para desempeñar el empleo.

Artículo 5. Remisión normativa. Los docentes y directivos docentes vinculados a las plantas de cargos destinada exclusivamente a la prestación del servicio educativo en instituciones educativas ubicadas en las zonas afectadas por el conflicto armado precisadas mediante reglamentación por parte del Ministerio de Educación Nacional, se regirán por las normas establecidas en el presente Decreto Ley y, en lo no regulado, por las disposiciones del Decreto Ley 1278 de 2002. ·

Artículo 6. Disposición especial. Los educadores de que trata el presente Decreto Ley solo podrán ocupar cargos del sistema especial de carrera docente en otros lugares del país, previa aprobación de un nuevo· concurso convocado por la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Imagenes del decreto ley 882



REEA
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SE VENCIÓ EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN AL CONCURSO DOCENTE ¿QUE SIGUE?



El 15 de septiembre de 2016, fue la fecha límite dada por el Ministerio de Educación Nacional (@Mineducacion)  y la Comisión Nacional del Servicio Civil (@CNSCColombia), para que todas las personas interesadas y que cumplieran los requisitos mínimos, se Inscribieran en la Convocatoria 339 – 425 Directivos Docentes, Docentes de Aula y Líderes de Apoyo, para el cual se oferta 21.341 vacantes. Para dicha convocatoria se firmaron 87 acuerdos.

Para esta oportunidad, se presentaron algunos cambios, uno de ellos fue la forma de inscripción, la cual se maneja a través de un aplicativo web que es administrado por la CNSC.



Las personas que aspiran o quieren concursar para hacerse acreedor a una de las vacantes, debieron primero registrarse (crear usuario y contraseña) en el aplicativo llamado  SIMO. Después  de estar registrado, el aspirante debiò entrar a su cuenta en SIMO y llenar las casilla que el sistema solicita (datos básicos). 



En dicho aplicativo, el aspirante tenia que subir la hoja de vida, copia de la cedula de ciudadanía y certificado de Experiencia laboral (si lo tiene). Además permite subir la libreta militar (este es solo para los hombres), y resultado del ICFES, todos estos documentos son aceptados por el aplicativo si estan formato PDF.



Los documentos que se subieron hasta el día 15 son los que les tendrán en cuenta a los aspirantes para los requisitos mínimos, pero es bueno aclarar que los documentos para antecedentes es diferente y se puede cargar hasta que la CNSC fije límite.




¿QUE SIGUE?


Es que el MEN y a CNSC den a conocer la fecha de aplicación del examen o prueba escrita, la cual es eliminatoria y estará a cargo del ICFES.



Con relaciòn a lo anterior, REEA conoció  que el miércoles 14 se reunió José Elías Acosta Rosero comisionado Presidente de la CNSC y Víctor  Saavedra (@VicsaavedraM) viceministro de educaciòn,  buscando solución a un impase con el ICFES, del encuentro salió una propuesta que será llevada a la sala de la CNSC.  Si la sala aprueba, la CNSC procede a firmar el contrato con el ICFES (@ICFESColombia) y es entonces cuando se concierta el Cronograma.



Al cierre de las inscripciones de la noche del 15 de Septiembre de 2016, se registró un total de 212.250 aspirantes inscritos a las 87 convocatorias a concurso para Directivos, docentes de aula y líderes de apoyo.

Hoy viernes 16 la CNSC se reunirá con el ICFES precisar los detalles del contrato y planear la propuesta d cronograma para la primera fase que contempla verificación de requisitos mínimos, admisiones y aplicación de prueba eliminatoria. Esta fase se realizará en  su totalidad, en lo que resta del año 2016. Luego, en el 2017 se avanzará en la segunda fase que comprende la licitación para contratación  con una universidad que realizará análisis de antecedentes y prueba de entrevista.

La CNSC recomienda a los aspirantes prepararse a conciencia para las pruebas, y en especial repasar los fundamentos matemáticos, con independencia del área  para la cual se haya inscrito.

Recuerde que lo que se cierra es la inscripción al concurso, más no SIMO, este aplicativo  sigue funcionando normalmente y las personas pueden registrase en él y tener su cuenta, por si más adelante desea participar de otras convocatorias en las cuales cumpla los requisitos.



HAGA PARTE DE REEA WHATSAPP SIGUIENDO ESTOS PASOS. 1. Agregue el numero 321 765 83 24 en sus contactos como REEA 2. Envía su nombre completo + Ubicación ( Ej. César Asprilla Murillo - Amazonas) al Whatssap del número que registró en el paso 1 ES TODO, ASÍ QUEDAS REGISTRADO, IMPORTANTE SABER, QUE NO SE ACEPTAN CONSULTA POR ESE MEDIO. Sigue nos también por el Twitter @EstudiantilRed
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Se amplía el plazo para pago de Derechos de Participación e inscripciones del Concurso Docente

  • Se busca proveer definitivamente los cargos que hay vacantes para Directivos Docentes, Docentes de Aula y Líderes de Apoyo, en los colegios oficiales de 87 entidades territoriales del país.

El Ministerio de Educación Nacional y la Comisión Nacional del Servicio Civil informan que debido a la alta demanda presentada en la convocatoria para proveer cargos dentro del Concurso Docente, y con el fin de garantizar la libre concurrencia a los ciudadanos, se ampliará el plazo para la compra de los Derechos de Participación y la realización del trámite de inscripción en el aplicativo de la página web de la CNSC.

"Las personas interesadas en participar en las convocatorias mediante las cuales se busca proveer 21.343 vacantes para directivos docentes, docentes de aula y líderes de apoyo en 87 entidades territoriales, podrán adquirir sus Derechos de Participación hasta el martes 13 de septiembre de 2016 si el pago se es por ventanilla en el Banco Popular, o hasta el jueves 15 de septiembre de 2016 si el pago se hace a través de PSE (en línea). De igual manera, la inscripción en la plataforma de la página web de la CNSC podrá hacerse hasta las 23:59 horas del jueves 15 de septiembre de 2016" afirmó el Viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media, Víctor Saavedra.




Es importante, tener presente que no basta con la preinscripción, sino que para quedar efectivamente inscrito hay que continuar y culminar el proceso, es decir, pagar los derechos de participación e inmediatamente después formalizar la inscripción.

En el concurso pueden participar ciudadanos colombianos que tengan, como mínimo, el título de normalista superior, tecnólogo en educación, licenciado o profesional. Los aspirantes que deseen inscribirse para optar por un cargo de docente líder de apoyo pedagógico deben contar con una especialización y demostrar experiencia adicional.

Los interesados en participar en este Concurso deben ingresar a la página web de la CNSCwww.cnsc.gov.co y registrarse en la opción "Ciudadano" en el Sistema de Apoyo Igualdad, Mérito y Oportunidad - SIMO-, http://simo.cnsc.gov.co/ diligenciando todos los datos solicitados por el sistema. En caso de presentar dudas sobre el proceso, se sugiere seguir los pasos indicados en los vídeos ilustrativos y tutoriales publicados en la web de la CNSC.

Los docentes de aula podrán aplicar a áreas como: Ciencias económicas y políticas, ciencias naturales física¸ química, educación ambiental, ciencias sociales, preescolar, primaria, educación artística (artes escénicas, artes plásticas, danzas, música), educación ética y valores, educación física, recreación y deportes, educación religiosa, filosofía, humanidades y lengua castellana, matemáticas y tecnología e informática, idioma extranjero inglés.
Por su parte, quienes aspiren a docentes líderes de apoyo aplicarán a cargos para el fortalecimiento de competencias científicas en ciencias naturales, ciencias sociales, inglés, educación artística (música, artes escénicas, artes plásticas, Danzas), Educación Física, Matemáticas, Lenguaje y Biblioteca Escolar y Educación Inicial. La convocatoria también oferta vacantes para Docente Orientador, Coordinador, Director Rural y Rector.


Noticia tomada de la web del Ministerio de Educación Nacional.



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Entrevistas Realizadas por César Asprilla "El Maestro "

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